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Reforma de Automóviles

PRESENTACIÓN

El Real Decreto 866/2010, de 2 de julio, por el que se regula la tramitación de las reformas de vehículos, tiene como objeto unificar criterios de la legislación española en la materia y la emitida por la Unión Europea. Este real decreto mantiene la coherencia entre la normativa europea de homologación de vehículos y la nacional sobre las reformas de los mismos. El objeto de este real decreto es la regulación del procedimiento para la  realización y tramitación de las reformas efectuadas en vehículos después de su  matriculación definitiva en España, con el fin de garantizar que tras la reforma se siguen  cumpliendo los requisitos técnicos exigidos para su circulación.

De la aplicación de este Real Decreto nace el actual SETRAV, como evolución del Laboratorio de Automóviles de la U.P.V., y tras la integración del sistema de gestión UNE EN ISO/IEC 17020, sobre criterios generales para el funcionamiento de diferentes tipos de organismos que realizan la Inspección y la posterior acreditación (añadir acreditación) a través de la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), certificando la competencia técnica del organismo, para ser designados por el Ministerio de Industria como “Servicio Técnico de Reformas de Vehículos” (se puede incluir enlace de la designación del ministerio). 

El SETRAV está acreditado para la emisión de informes de conformidad sobre reformas en vehículos automóviles para vehículos de los tipos M, N, O, L, Quads y UTV.

NORMATIVA

SETRAV Servicio Técnico de Reformas de Automóviles

 

Universidad Politécnica de Valencia

Telf.: 963877625 · Fax: 963879943 · Email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

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